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Normativa
de uso y reserva
de instalaciones 2003/2004
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1. Arrendamientos.
1.1. Arrendamientos
Anuales.
1.1.1. Convocatoria.
1.1.2. Documentacion
a presentar.
1.1.3. Criterios
de Adjudicacion.
1.1.4. Tipos
de Concierto de Uso.
1.1.5. Precios.
1.1.6. Normas
a Tener en Cuenta.
1.2. Arrendamientos
Temporales.
1.3. Arrendamientos
Puntuales.
1.4. Arrendamiento
con autorizacion para cobrar taquilla a los espectadores.
1.5. Arrendamiento
con autorizacion para cobrar a los participantes.
1.1. Arrendamientos anuales.
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1.1.1. Convocatoria. |
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Con anterioridad al comienzo de la temporada deportiva
(01 de septiembre de 2003 a 13 de junio de 2004), el Patronato
Municipal de Deportes hará pública la apertura
del plazo para la presentación de solicitudes para el
arrendamiento de las instalaciones que gestiona y pondrá
a disposición de los interesados el detalle de las instalaciones
y horarios disponibles. |
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1.1.2. Documentación
a presentar. |
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Junto a los correspondientes impresos de solicitud,
y en función del tipo de entidad solicitante, se presentará
la siguiente documentación:
Federaciones Deportivas.
- Calendario de competiciones especiales.
- Calendario específico de entrenamientos de las selecciones.
- Calendario de concentraciones.
- Nº de inscripción en el Registro de Asociaciones
y Federaciones deportivas de la Junta de Andalucía.
Clubes Deportivos.
- Certificación de participación en competición
federada al menos del último año y de la temporada
para la que se solicita la instalación.
- Relación de componentes de cada uno de los equipos.
(MODELO A5)
- Relación nominal de los diferentes equipos del Club,
ya sea en competición federada, otras competiciones o
equipo de base. (MODELO A6-1 y MODELO A6-2)
- Calendario de Competición. (MODELO A9)
- Nº de inscripción en el Registro de Asociaciones
y Federaciones Deportivas de la Junta de Andalucía.
Asociaciones de Vecinos.
- Planificación de actividades deportivas de carácter
no reglado o competitivo.
- Escrito del Presidente de AA.VV. En impreso y sellado por
la propia asociación de cada petición.
- Inscritos en el Registro de AA.VV.
Peñas, Clubes Deportivos
Elementales y Particulares.
- Fotocopia del Acta de Constitución en la que se haga
constar la relación nominal de sus componentes, nombre
del representante y objeto de la asociación, debiendo
ser suscrita por todos los miembros.
Aquellas Peñas y Asociaciones que estén inscritas
en el registro correspondiente, deberán presentar además:
- Fotocopia de Estatutos.
- Facilitar el nº de registro.
- Relación de usuarios, con fotocopia del D.N.I. (MODELO
A5)
- Acuerdo de representación o Presidente de la Junta
Directiva.
- En caso de solicitar subvención, deberá acogerse
al Reglamento que apruebe el Patronato Municipal de Deportes.
Toda esta documentación deberá ser presentada:
a. Completa para las entidades que presenten petición
por primera vez.
b. Actualizada y/o completada para las entidades que ya hayan
presentado solicitudes con anterioridad.
Este grupo de entidades deben tener en cuenta los siguientes
puntos:
1. La solicitud se realizará para una sola actividad,
salvo indicación expresa.
2. Una vez adjudicada la hora, día, unidad e instalación
para una actividad, ésta no podrá ser cambiada.
En caso de querer cambiar dicha actividad, se entenderá
ésta como una solicitud nueva.
3. La relación de usuarios deberá ser acompañada
de fotocopia del D.N.I. de los componentes.
4. Es recomendable la presencia del responsable de la entidad
el día de la adjudicación de horas, o en su
defecto persona en quien delegue, de la relación de
usuarios-componentes, legalmente autorizada.
Común a todos los
solicitantes:
Fianza.
Cada peña o particular, deberá presentar junto
a la solicitud, resguardo original con duplicado de haber
efectuado ingreso de 90 €uros en la cuenta corriente
del Patronato Municipal de Deportes, en concepto de fianza.
Este importe será descontado en caso de formalizar
el concierto o reembolsado en caso de no formalizar el mismo.
Se perderá la fianza si con posterioridad al día
del sorteo:
- Se renuncia a la hora, día, unidad o instalación
concedida.
- En caso de permuta.
- Se produce algún cambio de hora, día, unidad
o instalación.
Impreso de Solicitud.
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1.1.3. Criterios de adjudicación. |
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Para la adjudicación de las unidades horarias
de las instalaciones, se seguirán los siguientes criterios
de preferencia:
1. Programación propia del P.M.D. - Ayuntamiento de Granada.
2. Organismos Oficiales (Actividades propias deportivas).(Actividades
escolares Delegación Educación).
3. Federaciones Deportivas (inscritas en el R.A.F.D.J.A.), Clubes
Deportivos (inscritos en el R.A.F.D.J.A.) – Competición,
Asociaciones de Vecinos (Actividades Propias Deportivas), Peñas
o Asociaciones Deportivas legalmente constituidas y Particulares.
En el caso de coincidir mas de una solicitud en el mismo día
y horario dentro de su grupo, se celebraría un sorteo
público en el que se determinaría la instalación,
unidad, día de la semana y hora adjudicada.
Las horas preferentes de utilización para la programación
propia del P.M.D. son:
- Los lunes, miércoles y viernes de 18 a 20 horas y
- Los martes y
- Las horas de fines de semana están reservadas para
la competición, por lo que no están disponibles
al uso. |
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1.1.4. Tipos de concierto
de uso. |
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El concierto anual de uso de Instalaciones Deportivas
Municipales, se dividirá en dos períodos principalmente:
- 1 de Septiembre de 2003 a 13 de Junio de 2004 o período
de Invierno.
- 14 de Junio de 2004 a 5 de Septiembre de 2004 o período
de Verano.
Conciertos de Práctica
Deportiva.
- Solicitud de lunes a viernes (para Pista Polideportiva y Pabellón
Cubierto además se podrán solicitar Sábados
y Domingos de 9 a 10 horas).
- Dirigido a Clubes, Asociaciones de Vecinos, Peñas y
Particulares.
- Concesión de una hora semanal.
- Campos de Fútbol:
A. Para los CAMPOS DE FÚTBOL DE TIERRA, durante el periodo
comprendido entre el 1 de septiembre de 2003 y el 13 de junio
de 2004, el concierto estará indicado para las peñas
y será de 1 ½ horas los sábados y domingos.
B. Para los CAMPOS DE FÚTBOL DE HIERBA, durante el periodo
comprendido entre el 1 de septiembre de 2003 y el 14 de mayo
de 2004, el concierto estará indicado para el entrenamiento
de clubes y competiciones oficiales.
Durante el periodo comprendido entre el 15 de mayo y el 15 de
agosto de 2004, el concierto estará destinado a peñas
y particulares, teniendo en cuenta que sólo se podrá
utilizar un máximo de 6/8 horas semanales divididas en
módulos de 2 horas. Para dicho concierto, el plazo de
presentación de solicitudes comienza el 1 de abril y
termina el 30 de dicho mes. Durante la primera quincena de mayo,
se adjudicarán las horas solicitadas. Las solicitudes
que se presenten con posterioridad al 30 de abril del presente
año, se atenderán según el orden de entrada
y se adjudicarán una vez se hayan concedido las horas
a las presentadas del 1 a 30 de Abril.
Además habrá de tenerse en cuenta los siguientes
criterios:
1. En caso de celebración de algún
evento de importancia que coincida en fecha y hora,
se podrá suspender el concierto de uso, avisándose
con la mayor brevedad posible.
2. En caso de que las inclemencias meteorológicas
hagan desfavorable su uso, se podrá asimismo
suspender el concierto de uso.
3. Por razones de mantenimiento del campo, cabe
la posibilidad de la reducción del mismo
en sus dimensiones.
4 . Una vez realizado el referido aplazamiento o
suspensión, se procederá a la compensación
de las horas según preferencia del usuario, o a la devolución
del importe en caso de disconformidad.
- Para los Conciertos de Uso de Verano, el plazo de presentación
de solicitudes comienza el 1 de abril 2004, siendo adjudicadas
dichas solicitudes a partir del 2 de junio de 2004. Las solicitudes
que se presenten con posterioridad al 2 de junio de 2004, se
adjudicarán por orden de entrada.
Conciertos de Entrenamiento
de Clubes.
- Solicitud de lunes a viernes.
- Dirigida a Clubes en competiciones federadas.
- Una solicitud por cada equipo.
Conciertos de Competición.
- Solicitud para competiciones de fines de semana.
- Dirigida exclusivamente para competiciones federadas.
- Deberá solicitarse en solicitud expresa.
- Los clubes deberán presentar una solicitud de competición
por cada equipo que quiera utilizar las instalaciones. |
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1.1.5. Precios. |
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1.1.6. Normas a tener en
cuenta. |
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- No estará permitido ningún tipo
de actividad docente no autorizada por el PMD.
- Las horas adjudicadas no podrán ser subarrendadas a
terceras personas.
- La actividad que requiera un equipamiento auxiliar necesario
(montaje y desmontaje), estará contemplado dentro del
horario adjudicado.
- Habrá que comunicar el cambio de dirección o
responsable de la entidad si se produce.
- Ninguna unidad podrá ser utilizada por una número
mayor de los practicantes que esa modalidad indique (Ejem.:
Tenis no más de 4 jugadores).
- En caso de pérdida o extravío del carnet en
los abonos familiares de piscina se deberá pagar el carnet
nuevamente.
- Los abonos son válidos para la temporada deportiva
vigente.
- Los abonos de piscina de 10 y 30 horas, tendrán validez
para las piscinas cubiertas y al aire libre y serán personales,
transferibles y de uso colectivo, no así los abonos familiares
de piscina, que sólo tendrán validez para la piscina
al aire libre.
- En caso de robo o substracción de los abonos de temporada
de atletismo, (temporada completa y ½ temporada), y siempre
que el usuario lo solicite, se podrá hacer un duplicado
de dicho abono, presentando previamente copia de la denuncia
interpuesta en la comisaría de policía.
Devoluciones
Cuando la suspensión del
uso se produzca por causas imputables al P.M.D., se procederá
a la devolución del 100% del precio abonado; pudiéndose
compensar también de las siguientes formas:
a. Prorrogación del convenio, siempre que sea
posible
b. Entrega de vales por horas.
Cuando la suspensión del uso se produzca por causas no
imputables al P.M.D., se procederá de las siguientes
formas, en función del tipo de arrendamiento:
- En Arrendamientos Anuales y Temporales:
Si se solicita la devolución una vez comenzada la temporada,
se deberá pagar la fianza establecida para esa temporada,
el uso realizado hasta la fecha y se devolverá la parte
proporcional que corresponda a esa temporada, una vez descontado
el importe anteriormente indicado
- En Arrendamientos Puntuales:
Tomando como referencia la fecha de uso de la reserva solicitada:
a. Con antelación de 30 días naturales: 100%.
b. Con antelación de más de 15 días y menos
de 30 días naturales: 50%.
c. Con antelación inferior a 15 días naturales:
0%.
Para proceder a la devolución de las tasas por el concierto
de uso de instalaciones, habrá de rellenarse el modelo.
Luz Artificial.
- En las horas de luz de las distintas unidades, normalmente
se encenderá el 50%, salvo en aquellos casos que por
especial circunstancia así lo estimen, podrá ampliarse
este porcentaje.
- Cuando no sea hora de luz pero las circunstancias lo requieran,
los operarios determinarán el % de luz necesario para
el desarrollo de la actividad que se esté realizando.
- Si por las condiciones climatológicas o por estar en
una franja horaria que no requiere luz, que según el
cuadro habría que encenderla ésta no se encendiera,
y siempre que el usuario lo indique o solicite, se realizará
un parte indicando tal circunstancia, para su posterior compensación
al usuario.
- En partidos oficiales, en principio, se aplicarán los
mismos criterios, salvo indicación expresa del árbitro
del partido.
La tarifa con luz se aplicará de la siguiente forma:
 UNIDAD |
1 OCT/31 ENE |
1 FEB/31 MAR |
1 ABR/31 MAY |
1 JUN/30 SEP |
 SALAS
CUBIERTAS |
17 h |
18 h |
19 h |
20 h |
 PISTA
AIRE LIBRE |
18 h |
19 h |
20 h |
21 h |
Alquiler de Taquillas.
- Las taquillas pueden ser alquiladas por cualquier usuario
de la Instalación.
- Los usuarios, en el momento de solicitar el alquiler de la
taquilla entregan algún documento acreditativo para recibir
la llave de la misma y que le será devuelto una vez terminado
el tiempo de alquiler.
- El PMD no se hace responsable de los objetos depositados en
las taquillas.
- Todas las taquillas serán abiertas por la noche, excepto
las fijas, extrayendo de las mismas los materiales allí
depositados.
- Aquel usuario que olvidara retirar su acreditación
o entregar las llaves al empleado deberá abonar la cantidad
de 1,50 € por día.
El tipo de taquillas que se disponen para este servicio son:
 TAQUILLAS
FIJAS |
Son las de alquiler de una temporada
deportiva completa. |
 SALAS
CUBIERTAS |
Son las de alquiler para un periodo
de tiempo. Ej. horas. |
 PISTA
AIRE LIBRE |
Su alquiler durará un día
completo, hasta el cierre de la Instalación.
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ARRENDAMIENTOS ANUALES FUERA
DEL PLAZO SEÑALADO EN LA CONVOCATORÍA
Las solicitudes de arrendamiento anual que hagan referencia
a horario que no se haya cubierto en la convocatoria pública,
se presentarán en la Dirección de Infraestructuras
Deportivas, conforme al modelo de solicitud señalado
en el apartado anterior.
Las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de
presentación. |
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1.1.7. Convocatoria. |
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Solicitud.
Retirar la solicitud en las oficinas de la Sección de
Programación y Uso de Instalaciones, sita en el Palacio
de los Deportes, C/ Torre de Comares s/n, en horario de 9 a
14 horas, de lunes a viernes.
Rellenar dicha solicitud (según modelo), y presentarla
en las oficinas citadas anteriormente, entre el 28 de abril
y el 30 de mayo de 2003.
Reunión 4 y 5 de Junio de 2003.
Sorteo Clubes, Federaciones y Organismos.
Asistir a la reunión que se celebrará en el salón
de reuniones del Palacio Municipal de Deportes, sita en C/ Torre
de Comares, con el siguiente horario:
- Día 4 de junio
19.00 horas: Organismos oficiales
19.15 horas: Federaciones Deportivas
19.30 horas: Clubes deportivos
Sorteo Peñas y Particulares.
Asistir a la reunión que se celebrará en el Parque
Sur de Bomberos, calle Antonio Dalmases s/n, con el siguiente
horario:
- Día 5 de junio
20.00 horas: Peñas o Asociaciones deportivas y particulares
(solicitantes de unidades distintas a Pabellón Cubierto
y Pista Polideportiva)
20.30 horas: Peñas o Asociaciones deportivas y particulares
(solicitantes de Pabellón Cubierto y Pista Polideportiva)
En esta reunión se procederá al sorteo de orden
de adjudicación de solicitudes recibidas, determinando
de esta manera la hora de uso en función de la disponibilidad
de las instalaciones.
Posterior al 30 de Mayo de
2003.
Cualquier solicitud recibida con fecha posterior al 30 de mayo
de 2003 será atendida por riguroso orden de presentación
a partir del día 1 de junio de 2003.
Duración del Concierto
de Uso.
La fecha de comienzo de uso de la instalación será
el 1 de septiembre de 2003, finalizando el 13 de junio de 2004
para los anuales. A excepción de los días excluidos.
Los conciertos de uso que no se acojan a los períodos
indicados tendrán una penalización del 50% de
las tasas de aquellas horas que no quisieran convenirse en el
citado período.
Los conciertos de uso temporales serán al menos de tres
meses o 15 horas, aplicándose la misma normativa, teniendo
preferencia los anuales.
Formalización del
Concierto de Uso.
Para los convenios anuales es imprescindible la formalización
del concierto de uso de instalaciones antes del 14 de agosto
de 2003, considerando como formalización la firma,
el abono y la presentación del justificante de ingreso
(original). Entendiendo de no ser así su renuncia con
la pérdida de la fianza y poniendo a disposición
de los usuarios la/s hora/s concedidas del día de la
reunión.
Los convenios temporales se podrán formalizar a partir
del 1 de octubre de 2003. |
1.2. Arrendamientos temporales.
Es el alquiler de una unidad un día y hora fijo por un tiempo
determinado, como mínimo 3 meses. Se formalizarán
en las oficinas del Patronato Municipal de Deportes.
1.3. Arrendamientos puntuales.
La ocupación puntual de instalaciones que no se hayan cubierto
en la convocatoria pública se formalizará con el único
requisito del pago del precio de arrendamiento. Se efectuará
en las oficinas de control de las instalaciónes ante el empleado
de turno en ella, que deberá expedir recibo justificativo
y hacer la anotación correspondiente en el cuadrante de arrendamiento.
Alquiler de Subunidades Deportivas
Es posible alquilar aquellas subunidades (mitades o tercios)
de las Pistas Polideportivas o Pabellones Cubiertos que se encuentren
libres.
Como la prioridad lógicamente, es la de la utilización
de unidades completas, la reserva únicamente se podrá
realizar en la taquilla de la propia Instalación durante
la fracción horaria inmediatamente anterior a su uso; queda
pues, excluida la realización de convenios o reservas anticipadas
de subunidades, para su utilización por parte de particulares
o peñas.
1.4. Arrendamiento con autorización
para cobrar taquilla a los espectadores.
1. Podrán solicitar el arrendamiento de una instalación
para la realización de actividades que supongan el cobro
de un precio a los espectadores de la misma, cualquier persona física
o entidad. Las tasas a abonar por estos eventos serán las
fijadas para el uso de la instalación, más el 10%
de los ingresos obtenidos por la taquilla y publicidad u otros conceptos.
2. Deberá de acompañar a la solicitud, proyecto técnico
de la actividad y detalle del presupuesto, señalando:
a. Datos del promotor.
b. Descripción de la actividad propuesta.
c. Número de espectadores previstos.
d. Instalación, espacios y número de salas que se
ocuparán.
e. Elementos que, en su caso, deben instalarse para el desarrollo
de la actividad.
f. Horario de la actividad y tiempo necesario para el montaje y
retirada de los elementos montados en su caso.
g. Ingresos previstos, señalando los precios que regirán,
ingresos por publicidad y otros conceptos.
h. Gastos previstos, señalando gastos del personal, de asistencia
técnica, edición de publicidad del evento y otros
conceptos.
3. La Dirección del Patronato Municipal de Deportes, a la
vista del proyecto, realizará la propuesta concreta de precio
para el evento, que será abonada por adelantado.
4. El arrendatario deberá tener suscrito un seguro que cubra
la responsabilidad civil y los posibles daños a la instalación
que pudiera derivarse de las actividades celebradas, presentando
al Patronato justificante del seguro en cuestión antes del
inicio de la misma. Además el Patronato exigirá el
cumplimiento de las disposiciones vigentes y en particular, la Ley
del Deporte Andaluz y la Ley de Espectáculos, así
como una fianza, en cualquier forma contemplada en derecho, en la
cuantía que se determine.
5. Las solicitudes deberán ser informadas por el Jefe de
la Sección de Instalaciones que elevará propuesta
razonada haciendo constar la conveniencia o no de autorizar la actividad,
condiciones que deben exigirse para el desarrollo de la misma y
el precio de arrendamiento propuesto, aprobándose por la
dirección del P.M.D.
6. Cuando el arrendatario solicite autorización para la instalación
de publicidad durante la celebración de la actividad, deberá
señalar los ingresos que esto le supone para su valoración
en el conjunto del proyecto.
1.5. Arrendamiento con autorización
para cobrar a los participantes.
1. Podrán solicitar el arrendamiento de una instalación
para la realización de actividades conlleven el pago de un
precio a los participantes cualquier persona física o entidad.
2. Deberá presentar proyecto técnico de la actividad
y detalle de presupuesto, señalando:
a. Datos del promotor.
b. Descripción de la actividad propuesta, objetivos, metodología
y desarrollo de la misma.
c. Número y edad de los participantes.
d. Mobiliario y material deportivo necesario para el desarrollo
de dicho programa.
e. Ingresos previstos, señalando la cuota de los participantes
y otros ingresos.
f. Gastos previstos, señalando gastos del personal, de asistencia
técnica, edición de publicidad, gastos de material
y otros conceptos.
3. Los monitores y directores de los programas deberán reunir
las mismas condiciones de cualificación técnica que
en los programas del Patronato.
4. El profesor o monitor responsable del grupo estará obligado
a cumplir y hacer cumplir las normas de funcionamiento interno de
la instalación y a entregar los partes de asistencia y la
documentación que se le solicite.
5. Las solicitudes deberán ser informadas por el Jefe de
la Sección de Instalaciones, que elevará propuesta
razonada haciendo constar la conveniencia o no de autorizar la actividad,
condiciones que deben exigirse para el desarrollo de la misma y
el precio de arrendamiento propuesto, aprobándose por la
Dirección del P.M.D.
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