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Normativa de uso y reserva
de instalaciones 2004/2005
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<Normativa |
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2. Arrendamientos.
2.1. Arrendamientos
Anuales.
2.1.1. Convocatoria.
2.1.2. Documentacion
a presentar.
2.1.3. Criterios
de Adjudicacion.
2.1.4. Tipos
de Concierto de Uso.
2.1.5. Precios.
2.1.6. Normas
a Tener en Cuenta
2.2. Arrendamientos
Temporales.
2.3. Arrendamientos
Puntuales.
2.4. Arrendamiento
con autorizacion para cobrar taquilla a los espectadores.
2.5. Arrendamiento
con autorizacion para cobrar a los participantes.
2.1. Arrendamientos anuales.
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2.1.1. Convocatoria. |
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Con anterioridad al comienzo de la temporada deportiva (01 de septiembre de 2004 a 14 de junio de 2005), el Patronato Municipal de Deportes hará pública la apertura del plazo para la presentación de solicitudes para el arrendamiento de las instalaciones que gestiona y pondrá a disposición de los interesados el detalle de las instalaciones y horarios disponibles. |
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2.1.2. Documentación
a presentar. |
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Junto a los correspondientes impresos de solicitud,
y en función del tipo de entidad solicitante, se presentará
la siguiente documentación:
Federaciones Deportivas.
- Calendario de competiciones especiales.
- Calendario específico de entrenamientos de las selecciones.
- Calendario de concentraciones.
- Nº de inscripción en el Registro de Asociaciones
y Federaciones deportivas de la Junta de Andalucía.
Clubes Deportivos.
- Certificación de participación en competición
federada al menos del último año y de la temporada
para la que se solicita la instalación.
- Relación de componentes de cada uno de los equipos.
(MODELO A5)
- Relación nominal de los diferentes equipos del Club,
ya sea en competición federada, otras competiciones o
equipo de base. (MODELO A6-1 y MODELO A6-2)
- Calendario de Competición. (MODELO A9)
- Nº de inscripción en el Registro de Asociaciones
y Federaciones Deportivas de la Junta de Andalucía.
Asociaciones de Vecinos.
- Planificación de actividades deportivas de carácter
no reglado o competitivo.
- Escrito del Presidente de AA.VV. En impreso y sellado por
la propia asociación de cada petición.
- Inscritos en el Registro de AA.VV.
Peñas, Clubes Deportivos
Elementales y Particulares.
- Fotocopia del Acta de Constitución en la que se haga
constar la relación nominal de sus componentes, nombre
del representante y objeto de la asociación, debiendo
ser suscrita por todos los miembros.
Aquellas Peñas y Asociaciones que estén inscritas
en el registro correspondiente, deberán presentar además:
- Fotocopia de Estatutos.
- Facilitar el nº de registro.
- Relación de usuarios, con fotocopia del D.N.I. (MODELO
A5)
- Acuerdo de representación o Presidente de la Junta
Directiva.
- En caso de solicitar subvención, deberá acogerse
al Reglamento que apruebe el Patronato Municipal de Deportes.
Toda esta documentación deberá ser presentada:
a. Completa para las entidades que presenten petición
por primera vez.
b. Actualizada y/o completada para las entidades que ya hayan
presentado solicitudes con anterioridad.
c. Presentar el Visto Bueno de la Entidad gestora para aquellos solicitudes de instalaciones de gestión mixta.
Este grupo de entidades deben tener en cuenta los siguientes
puntos:
1. La solicitud se realizará para una sola actividad,
salvo indicación expresa.
2. Una vez adjudicada la hora, día, unidad e instalación
para una actividad, ésta no podrá ser cambiada.
En caso de querer cambiar dicha actividad, se entenderá
ésta como una solicitud nueva.
3. La relación de usuarios deberá ser acompañada
de fotocopia del D.N.I. de los componentes.
4. Es recomendable la presencia del responsable de la entidad
el día de la adjudicación de horas, o en su
defecto persona en quien delegue, de la relación de
usuarios-componentes, legalmente autorizada.
Común a todos los
solicitantes:
Fianza.
Cada peña o particular, deberá presentar junto
a la solicitud, resguardo original con duplicado de haber
efectuado ingreso de 90 €uros en la cuenta corriente
del Patronato Municipal de Deportes, en concepto de fianza.
Este importe será descontado en caso de formalizar
el concierto o reembolsado en caso de no formalizar el mismo.
Se perderá la fianza si con posterioridad al día
del sorteo:
- Se renuncia a la hora, día, unidad o instalación
concedida.
- En caso de permuta.
- Se produce algún cambio de hora, día, unidad
o instalación.
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2.1.3. Criterios de adjudicación. |
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Para la adjudicación de las unidades horarias
de las instalaciones, se seguirán los siguientes criterios
de preferencia:
1. Programación propia del P.M.D. - Ayuntamiento de Granada.
2. Organismos Oficiales (Actividades propias deportivas).(Actividades
escolares Delegación Educación).
3. Federaciones Deportivas (inscritas en el R.A.F.D.J.A.), Clubes Deportivos (inscritos en el R.A.F.D.J.A.) – en competiciones federadas, planificado y concedido en función del nivel.
4. Asociaciones de Vecinos (Actividades Propias Deportivas), Peñas o Asociaciones Deportivas legalmente constituidas y Particulares. En el caso de coincidir mas de una solicitud en el mismo día y horario dentro de su grupo, se celebraría un sorteo público en el que se determinaría la instalación, unidad, día de la semana y hora adjudicada.
Las horas preferentes de utilización para la programación
propia del P.M.D. son:
- Los lunes, miércoles y viernes de 17 a 20 horas y
- Los martes y
- Las horas de fines de semana están reservadas para la competición, por lo que no están disponibles al uso, salvo caso puntuales a estudiar en cada fecha solicitada. |
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2.1.4. Tipos de concierto
de uso. |
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El concierto anual de uso de Instalaciones Deportivas
Municipales, se dividirá en dos períodos principalmente:
- 1 de Septiembre de 2004 a 14 de Junio de 2005 o período
de Invierno.
- 15 de Junio de 2005 a 31 de Agosto de 2005 o período
de Verano.
Conciertos de Práctica
Deportiva.
- Solicitud de lunes a viernes (para Pista Polideportiva y Pabellón
Cubierto además se podrán solicitar Sábados
y Domingos de 9 a 10 horas).
- Dirigido a Clubes, Asociaciones de Vecinos, Peñas y
Particulares.
- Concesión de una hora semanal.
- Campos de Fútbol:
A. Para los CAMPOS DE FÚTBOL DE TIERRA, durante el periodo
comprendido entre el 1 de septiembre de 2004 y el 15 de junio
de 2005, el concierto estará indicado para las peñas
y será de 1 ½ horas los sábados y domingos.
B. Para los CAMPOS DE FÚTBOL DE HIERBA, durante el periodo
comprendido entre el 1 de septiembre de 2004 y el 15 de junio
de 2005, el concierto estará indicado para el entrenamiento
de clubes y competiciones oficiales.
Durante el periodo comprendido entre el 4 de mayo y el 31 de agosto de 2005, el concierto estará destinado a peñas
y particulares, teniendo en cuenta que sólo se podrá
utilizar un máximo de 6/8 horas semanales divididas en
módulos de 2 horas. Para dicho concierto, el plazo de
presentación de solicitudes comienza el 1 de abril y
termina el 25 de dicho mes.
Las solicitudes que se presenten con posterioridad al 25 de abril del presente año, se atenderán según el orden de entrada y se adjudicarán una vez se hayan concedido las horas a las presentadas del 1 a 25 de Abril.
c. Para los CAMPOS DE FÚTBOL DE HIERBA ARTIFICIAL, durante el periodo comprendido entre el 1 de Septiembre de 2004 y el 14 de Junio del 2005, quedarán como horas disponibles aquello que no hayan sido alquiladas a los clubes.
Conciertos de Entrenamiento
de Clubes.
- Solicitud de lunes a viernes.
- Dirigida a Clubes en competiciones federadas.
- Una solicitud por cada equipo. Modelo A2.
Conciertos de Competición.
- Solicitud para competiciones de fines de semana.
- Dirigida exclusivamente para competiciones federadas.
- Deberá solicitarse en solicitud expresa.
- Los clubes deberán presentar una solicitud de competición
por cada equipo que quiera utilizar las instalaciones. Modelo A3. |
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2.1.5. Precios. |
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PRECIOS DE CONVENIO (41 SEMANAS) Importes máximos sin descontar fiestas.
UNIDAD |
IMP. CONVENIO |
41 semanas
(pendiente festivos) |
€uros |
SIN LUZ |
CON LUZ |
Pabellón Cubierto |
1.061,9 |
1.254,6 |
Pista Polideportiva de Slurry |
360,8 |
414,1 |
Pista Tenis Slurry |
188,6 |
262,4 |
Frontón |
188,6 |
262,4 |
Pista Squash |
172,2 |
172,2 |
Sala Usos Múltiples |
717,5 |
717,5 |
Campo Fútbol 11Tierra |
1.164,4 |
1.455,5 |
Campo Fútbol 11 Hierba Natural |
2.644,5 |
3.480,9 |
Campo Fútbol 11 Hierba Artificial |
2.644,5 |
3.480,9 |
Campo Fútbol 7 |
688,8 |
1.164,4 |
Campo Fútbol 7 Hierba Natural |
1.963,9 |
2.402,6 |
Campo Fútbol 7 Hierba Artificial |
1.963,9 |
2.402,6 |
Sala Musculación Grupos |
1.160,3 |
1.160,3 |
Pista Petanca |
147,6 |
168,1 |
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2.1.6. Normas a tener en cuenta. |
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No estará permitido ningún tipo de actividad docente no autorizada por el PMD.
Las horas adjudicadas no podrán ser subarrendadas a terceras personas.
La actividad que requiera un equipamiento auxiliar necesario (montaje y desmontaje), estará contemplado dentro del horario adjudicado.
Habrá que comunicar el cambio de dirección o responsable de la entidad si se produce.
Ninguna unidad podrá ser utilizada por una número mayor de los practicantes que esa modalidad indique (Ejem.: Tenis no más de 4 jugadores).
En caso de pérdida o extravío del carnet en los abonos familiares de piscina se deberá pagar el carnet nuevamente.
Los abonos son válidos para la temporada deportiva vigente.
Los abonos de piscina de 10, 20 y 30 horas, tendrán validez para las piscinas cubiertas y al aire libre y serán personales, transferibles y de uso colectivo, no así los abonos familiares de piscina, que sólo tendrán validez para la piscina al aire libre.
En caso de robo o substracción de los abonos de temporada de atletismo, (temporada completa y ½ temporada), y siempre que el usuario lo solicite, se podrá hacer un duplicado de dicho abono, presentando previamente copia de la denuncia interpuesta en la comisaría de policía.
Devoluciones.
Cuando la suspensión del uso se produzca por causas imputables al P.M.D., se procederá a la devolución del 100% del precio abonado; pudiéndose compensar también de las siguientes formas:
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Prorrogación del convenio, siempre que sea posible
-
Entrega de vales por horas.
Cuando la suspensión del uso se produzca por causas no imputables al P.M.D., se procederá de las siguientes formas, en función del tipo de arrendamiento:
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EN ARRENDAMIENTOS ANUALES Y TEMPORALES |
Si se solicita la devolución una vez comenzada la temporada, se deberá pagar la fianza establecida para esa temporada, el uso realizado hasta la fecha y se devolverá la parte proporcional que corresponda a esa temporada, una vez descontado el importe anteriormente indicado |
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EN ARRENDAMIENTOS PUNTUALES |
Tomando como referencia la fecha de uso de la reserva solicitada:
a.
Con antelación de 30 días naturales: 100%
b.
Con antelación de más de 15 días y menos de 30 días naturales: 50%
c.
Con antelación inferior a 15 días naturales 0% |
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Para proceder a la devolución de las tasas por el concierto de uso de instalaciones, habrá de rellenarse el modelo A11 previsto para ello.
Luz artificial en unidades Deportivas.
En las horas de luz de las distintas unidades, normalmente se encenderá el 50%, salvo en aquellos casos que por especial circunstancia así lo estimen, podrá ampliarse este porcentaje.
Cuando no sea hora de luz pero las circunstancias lo requieran, los operarios determinarán el % de luz necesario para el desarrollo de la actividad que se esté realizando.
Si por las condiciones climatológicas o por estar en una franja horaria que no requiere luz, que según el cuadro habría que encenderla ésta no se encendiera, y siempre que el usuario lo indique o solicite, se realizará un parte indicando tal circunstancia, para su posterior compensación al usuario.
En partidos oficiales, en principio, se aplicarán los mismos criterios, salvo indicación expresa del árbitro del partido.
La tarifa con luz se aplicará de la siguiente forma:
 UNIDAD |
1 OCT/31 ENE |
1 FEB/31 MAR |
1 ABR/31 MAY |
1 JUN/30 SEP |
 SALAS CUBIERTAS |
17 h |
18 h |
19 h |
20 h |
 PISTA AIRE LIBRE |
18 h |
19 h |
20 h |
21 h |
Alquiler de Taquillas.
- Las taquillas pueden ser alquiladas por cualquier usuario de la Instalación.
- Los usuarios, en el momento de solicitar el alquiler de la taquilla entregan algún documento acreditativo para recibir la llave de la misma y que le será devuelto una vez terminado el tiempo de alquiler.
- El PMD no se hace responsable de los objetos depositados en las taquillas.
- Todas las taquillas serán abiertas por la noche, excepto las fijas, extrayendo de las mismas los materiales allí depositados.
- Aquel usuario que olvidara retirar su acreditación o entregar las llaves al empleado deberá abonar la cantidad de 1,50 € por día.
El tipo de taquillas que se disponen para este servicio son:
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 TAQUILLAS FIJAS |
Son las de alquiler de una temporada deportiva completa. |
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 TAQUILLAS TEMPORALES |
Son las de alquiler para un periodo de tiempo.
Ej. horas. |
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 TAQUILLAS DIARIAS |
Su alquiler durará un día completo, hasta el cierre
de la Instalación. |
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 TAQUILLAS PISCINA |
Son aquellas de uso temporal por días en las piscinas. (Ver normativa específica) |
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ARRENDAMIENTOS ANUALES FUERA DEL PLAZO SEÑALADO EN LA CONVOCATORÍA
Las solicitudes de arrendamiento anual que hagan referencia a horario que no se haya cubierto en la convocatoria pública, se presentarán en la Dirección de Infraestructuras Deportivas, conforme al modelo de solicitud señalado en el apartado anterior.
Las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación.
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2.2. Arrendamientos temporales.
Es el alquiler de una unidad un día y hora fijo por un tiempo
determinado, como mínimo 3 meses. Se formalizarán
en las oficinas del Patronato Municipal de Deportes a partir del dia 1 de Octubre.
2.3. Arrendamientos puntuales fuera del plazo señalado en la convocatoria pública.
La ocupación puntual de instalaciones que no se hayan cubierto en la convocatoria pública se formalizará con el único requisito del pago del precio de arrendamiento. Se efectuará en las oficinas de control de las instalaciones ante el empleado de turno en ella, que deberá expedir recibo justificativo y hacer la anotación correspondiente en el cuadrante de arrendamiento.
La reserva para ocupaciones puntuales se podrá realizar a partir de las 17 horas de los Viernes para el uso comprendido en la semana siguiente. (de sábado a Viernes)
Alquiler de Subunidades Deportivas
Es posible alquilar aquellas subunidades (mitades o tercios)
de las Pistas Polideportivas o Pabellones Cubiertos que se encuentren
libres.
Como la prioridad lógicamente, es la de la utilización
de unidades completas, la reserva únicamente se podrá
realizar en la taquilla de la propia Instalación durante
la fracción horaria inmediatamente anterior a su uso; queda
pues, excluida la realización de convenios o reservas anticipadas
de subunidades, para su utilización por parte de particulares
o peñas.
2.4. Arrendamiento con autorización
para cobrar taquilla a los espectadores.
1. Podrán solicitar el arrendamiento de una instalación
para la realización de actividades que supongan el cobro
de un precio a los espectadores de la misma, cualquier persona física
o entidad. Las tasas a abonar por estos eventos serán las
fijadas para el uso de la instalación, más el 10%
de los ingresos obtenidos por la taquilla y publicidad u otros conceptos.
2. Deberá de acompañar a la solicitud, proyecto técnico
de la actividad y detalle del presupuesto, señalando:
a. Datos del promotor.
b. Descripción de la actividad propuesta.
c. Número de espectadores previstos.
d. Instalación, espacios y número de salas que se
ocuparán.
e. Elementos que, en su caso, deben instalarse para el desarrollo
de la actividad.
f. Horario de la actividad y tiempo necesario para el montaje y
retirada de los elementos montados en su caso.
g. Ingresos previstos, señalando los precios que regirán,
ingresos por publicidad y otros conceptos.
h. Gastos previstos, señalando gastos del personal, de asistencia
técnica, edición de publicidad del evento y otros
conceptos.
3. La Dirección del Patronato Municipal de Deportes, a la
vista del proyecto, realizará la propuesta concreta de precio
para el evento, que será abonada por adelantado.
4. El arrendatario deberá tener suscrito un seguro que cubra
la responsabilidad civil y los posibles daños a la instalación
que pudiera derivarse de las actividades celebradas, presentando
al Patronato justificante del seguro en cuestión antes del
inicio de la misma. Además el Patronato exigirá el
cumplimiento de las disposiciones vigentes y en particular, la Ley
del Deporte Andaluz y la Ley de Espectáculos, así
como una fianza, en cualquier forma contemplada en derecho, en la
cuantía que se determine.
5. Las solicitudes deberán ser informadas por el Jefe de
la Sección de Instalaciones que elevará propuesta
razonada haciendo constar la conveniencia o no de autorizar la actividad,
condiciones que deben exigirse para el desarrollo de la misma y
el precio de arrendamiento propuesto, aprobándose por la
dirección del P.M.D.
6. Cuando el arrendatario solicite autorización para la instalación
de publicidad durante la celebración de la actividad, deberá
señalar los ingresos que esto le supone para su valoración
en el conjunto del proyecto.
2.5. Arrendamiento con autorización
para cobrar a los participantes.
1. Podrán solicitar el arrendamiento de una instalación
para la realización de actividades conlleven el pago de un
precio a los participantes cualquier persona física o entidad.
2. Deberá presentar proyecto técnico de la actividad
y detalle de presupuesto, señalando:
a. Datos del promotor.
b. Descripción de la actividad propuesta, objetivos, metodología
y desarrollo de la misma.
c. Número y edad de los participantes.
d. Mobiliario y material deportivo necesario para el desarrollo
de dicho programa.
e. Ingresos previstos, señalando la cuota de los participantes
y otros ingresos.
f. Gastos previstos, señalando gastos del personal, de asistencia
técnica, edición de publicidad, gastos de material
y otros conceptos.
3. Los monitores y directores de los programas deberán reunir
las mismas condiciones de cualificación técnica que
en los programas del Patronato.
4. El profesor o monitor responsable del grupo estará obligado
a cumplir y hacer cumplir las normas de funcionamiento interno de
la instalación y a entregar los partes de asistencia y la
documentación que se le solicite.
5. Las solicitudes deberán ser informadas por el Jefe de
la Sección de Instalaciones, que elevará propuesta
razonada haciendo constar la conveniencia o no de autorizar la actividad,
condiciones que deben exigirse para el desarrollo de la misma y
el precio de arrendamiento propuesto, aprobándose por la
Dirección del P.M.D.
El precio de arrendamiento de las Instalaciones del Patronato, será el señalado en las tasas que se indican en el apartado de precios publicos de la presente normativa.
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