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Normativa de uso y reserva de instalaciones 2005/2006
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2. Arrendamientos.
2.5. Arrendamiento con autorización para cobrar a los participantes.
1. Podrán solicitar el arrendamiento de una instalación para la realización de actividades conlleven el pago de un precio a los participantes cualquier persona física o entidad.
2. Deberá presentar proyecto técnico de la actividad y detalle de presupuesto, señalando:
a. Datos del promotor.
b. Descripción de la actividad propuesta, objetivos, metodología y desarrollo de la misma.
c. Número y edad de los participantes.
d. Mobiliario y material deportivo necesario para el desarrollo de dicho programa.
e. Ingresos previstos, señalando la cuota de los participantes y otros ingresos.
f. Gastos previstos, señalando gastos del personal, de asistencia técnica, edición de publicidad, gastos de material y otros conceptos.
3. Los monitores y directores de los programas deberán reunir las mismas condiciones de cualificación técnica que en los programas del Patronato.
4. El profesor o monitor responsable del grupo estará obligado a cumplir y hacer cumplir las normas de funcionamiento interno de la instalación y a entregar los partes de asistencia y la documentación que se le solicite.
5. Las solicitudes deberán ser informadas por el Jefe de la Sección de Instalaciones, que elevará propuesta razonada haciendo constar la conveniencia o no de autorizar la actividad, condiciones que deben exigirse para el desarrollo de la misma y el precio de arrendamiento propuesto, aprobándose por la Dirección del P.M.D.
El precio de arrendamiento de las Instalaciones del Patronato, será el señalado en las tasas que se indican en el apartado de precios publicos de la presente normativa.
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